A- de 2024
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Juan Carlos Cortés González·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se niega impedimento por cuanto no es de recibo que la "amistad profesional" se convierte en una nueva causal no establecida en la ley
- Causales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Impedimento formulado por el doctor Juan Carlos Cortés González.
El precitado magistrado adujo que podía estar incurso en la causal de impedimento prevista en el numeral 5 del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal, esto es, que exista amistad íntima o enemistad grave entre alguna de las partes, denunciante, víctima o perjudicado y el funcionario judicial.
Lo anterior, porque en el expediente consta que el apoderado de la parte accionante es el director de posgrados de la Universidad Católica de Colombia, cargo que ocupó durante el mismo tiempo en el que él estuvo vinculado como director de la especialización en Derecho Laboral y Seguridad Social de la misma entidad universitaria.
La Sala no encontró sustentada ni verificada la existencia de una amistad íntima del magistrado con el apoderado de la parte accionante y por tanto, tampoco advirtió que se evidenciara la pérdida de su capacidad subjetiva o de su juicio interno para tomar decisiones en cualquier etapa del trámite judicial.
Al no encontrar configurada la causal invocada, se declaró INFUNDADO el impedimento manifestado por el magistrado Cortés González.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. DECLARAR INFUNDADO el impedimento manifestado por el magistrado Juan Carlos Cortés González, dentro del expediente de tutela T-10.316.497, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Contra esta decisión no procede ningún recurso.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.